2024

Uso de repertorio músical

Los autores deben cobrar por sus obras

¿Por qué debo solicitar una autorización para el uso de repertorio musical en una fiesta privada?


Los autores son los dueños de sus obras, y por tanto son los únicos que pueden autorizar su uso y como consecuencia cobrar una remuneración. AGADU, en nombre de los autores, otorga dichas autorizaciones y cobra por el uso de sus obras.

Del mismo modo que las fiestas privadas implican gastos varios, también debe estar contemplado el costo del uso de repertorio musical. El pago que se realiza por las fiestas privadas a AGADU, es volcado tanto a los autores nacionales como extranjeros en función del repertorio musical allí utilizado.

¿Cómo se calcula el monto a pagar?

El monto se determina en función de la cantidad de público asistente y la categorización del local donde se realizará la fiesta. Por ello, cualquier persona que cuente con dichos datos y la fecha exacta del evento puede solicitar la autorización.

Si desea conocer el monto a abonar previamente, puede realizar la consulta a través de recaudacion@agadu.org (para fiestas en Montevideo) e interior@agadu.org (interior del país).

¿Cómo obtengo la autorización?

Para obtener una autorización de forma virtual puede realizar el trámite directamente en nuestra sección Pagos web indicando fecha, hora, datos del organizador y cantidad de personas participantes del evento.
Una vez que completó los datos se calculará de manera automática y se le detallará el costo, en ese momento Ud. podrá pagar a través de la web seleccionando la forma de pago web, a través de la entidad bancaria de su preferencia (Bandes, BBVA, HSBC, BROU, Santander o Scotiabank).

Por más información y consultas comunicarse a través del correo electrónico recaudacion@agadu.org

¿Con cuanta antelación puedo solicitar el permiso?

La misma puede solicitarse hasta el día previo (hábil) a la fiesta.

Por consultas sobre otro tipo de eventos, dirigirse al Departamento de Recaudación.